20 mar 2015

DEL JUICIO DE RESIDENCIA... QUE HA DE VOLVER


No, que debe ser cosa de la Primavera, pero, ahora, cuando las urnas enseñan sus aberturas en este 2014, y con la bilis que llevamos tragada con nuestros políticos, me salen unos -leo en los periódicos- asegurando que se van a poner exquisitos con los bienes de ellos mismos antes de entrar en el cargo y después de salir de él por pura transparencia. Pues muy bien. La tira de años que llevo yo reivindicando que se vuelva a poner en marcha lo del juicio de residencia que, no sé por qué, los liberales de las Cortes de Cádiz en 1812 -que no fue ayer- quitaron de un plumazo. Y desde entonces, que estamos sin control.

A mí eso del juicio de residencia es que me gustaba de nombre, y desde el mismísimo momento en que supe de él; allá en mi mocedad más repelente. Eso y lo de la visita, me fascinaba. El visitador, en nombre del Rey, te podía hacer una visita y auditarte; como a los ciclistas, el vampiro de turno; sin avisar ni nada.

Pero lo que me molaba, confieso, era lo del juicio de residencia. A Colón, don Cristóbal, le hicieron uno; como a Cortés, don Hernán, otro. Y a muchos otros personales de aquellos días.

Era el juicio de residencia una poderosa herramienta contra la posible corrupción. Al procedimiento se sometían todos los oficiales públicos al finalizar su mandato. El cargo les obligaba a quedarse en el sitio (residencia) al finalizar su mandato hasta ser auditados, para responder in situ de las cuestiones en que hubiera podido incurrir a lo largo de su mandato. La cosa -quimera de los Reyes Católicos- comenzó en junio de 1500… y hasta 1812. El nuevo titular del cargo era el que acompañaba al que incoaba el expediente “para averiguar la conducta” de su antecesor.

El juez de residencia debía ser “varón, temeroso de Dios, amador de la verdad, enemigo de la avaricia, sabio, de buen linaje y letrado”. ¡Pardiez, cuán difícil lo ponéis!

Pues parece que entonces había gente que reunía todas esas características -hubo jueces de residencia en innumerables juicios de residencia-, porque -ahora- encontrar un personaje así, sería como buscar una aguja de molde (no lo pongamos difícil) en un paca de paja… porque ¿a ver dónde encontramos ahora, en estos tiempos, un pajar?

La cuestión de aquellos añorados -¡digo!- juicios de residencia era averiguar si se podía confiar en el residenciado para nuevos cargos y, en su caso, reparar -si los hubiere- daños sobre las personas y las cosas en nombre de la Corona. Y, de paso, saber cuán de mangante, en lo legal y lo económico, había sido el gachó.

Si salías bien parado, recibías mercedes (premios, que no coches), prebendas (oficios lucrativos y poco trabajosos) y nuevos cargos. Si salías mal… pues la palabra lo dice todo.

Y hablando de decir: hay quien dice que esto del juicio de residencia ya era cosa antigua, de romanos; del emperador Flavio Zenón (475 dC; del Imperio Romano de Oriente, que lo tenemos menos estudiado hasta los del Bachiller). Entonces lo llamaban syndicatus y esta figura legal, me cuenta un letrado -amigo de escalera-, está también en el Código Justiniano (Codex Iustinianus, 521 dC). Vamos, que no inventan nada ni los del juicio de residencia de antes, ni los de ahora poniéndose exquisitos con el saber con qué se entro en política y con qué se sale de la política.

Es que ya en la piel de toro, en las célebres Siete Partidas (reinado de Alfonso X; Fonsi si vieron la serie de Antena 3 sobre Toledo) hay una clara referencia a esto mismo, pero bajo el nombre de “sindicato”, como cuando Zenón, pues era un síndico el que hacía la investigación. Corregidores, jueces y oficiales públicos -la Administración de aquellos tiempos- se veían sometidos a sindicato (que sacando la frase de contexto sueno a pesebre hoy) o a residencia, que era lo mismo. Vamos, to quisque (del quisque -léase quisqüe- latino, cada cuál). Y es que oficiales públicos eran, agárrense, todos los que partían el bacalao de la época: alcaldes mayores, alcaldes menores y tenientes de alcalde, jueces, regidores, alguaciles, carceleros, escribanos, procuradores, receptores, tesoreros, depositarios, fieles[1], guardas mayores, guardas de sacas, caballeros de sierra[2], oficiales de la casa de la Moneda y todos los sometidos por el Ordenamiento de Alcalá. Vamos, que por funcionarios entonces, como hoy, no era.

Y, digo yo: si esto del Juicio de Residencia ya estaba bien planificado en 1348 -incluso lo de los sindicatos (que es lo mismo) en las Partidas de 1252- ¿cómo -¡coño!- hemos llegado a todo esto en la segunda década del Siglo XXI?

Bueno, vale que todo esto, insisto, fuera para la Corona de Castilla, y que hasta el XVIII aquí -en la vieja piel de toro- cada “reino” (Castilla y Aragón) fuera por sus derechos y veredas, pero esto del sindicato/residencia existía, por lo menos, en Castilla y en América desde 1500. Y ya desde el XVIII fue para todos… hasta 1812.

¿Qué ventolera no les daría a los padres de La Pepa para ventilarse lo del juicio de residencia?

Y mira que aquellos antepasados nuestros tenían clara la cosa en el juicio de residencia; para el personaje, su mujer y sus hijos, para sus oficiales y sus familias… vamos que te pillaban por algún lado. Es que era por lo civil y por lo criminal. Inmaculado tenías que estar para salir de rositas.

Me he enterado -leyendo, claro- que en el XVII hubo un serio debate -documentado en 1629- en uno de estos juicios de residencia porque al que se le debía residenciar había fallecido. Y discutían los leguleyos la capacidad de residenciarlo (así se llamaba la cosa) una vez fallecido. Y uno de los juristas se me saca de la toga las Siete Partidas y recuerda que el Rey Sabio dejó escrito que no. No, porque el finado pasaba entonces, al palmarla, “a la jurisdicción de un Juez superior que ha de dar juicio sobre todos nosotros”. Fascinante. Al finado, no; que ya se encargaría Dios de él y en el Juicio Final se las tendría que ver. Pero a la familia del finado le llegaba la pena o la gloria que saliera del juicio.

En fin, que bueno es que recuperemos algo que por lo menos, a los desaprensivos de la política, les haga pensarse dos veces las cosas. No serán los juicios de residencia, pero algo será.







[1] Los encargados de que se cumplan con exactitud y legalidad ciertos servicios públicos; por lo general relacionados con pesos y medidas
[2] Los encargados de controlar bosques, pastos y ganados

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